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POLÍTICA DERECHOS HUMANOS


La Dirección de Fama Fabré SAU, presidida por el Director Gerente (DG), dedicada a la “Distribución de productos de peluquería, cosmética, estética y aparatología del sector belleza” ha decidido impulsar y difundir a todos los niveles de la empresa una Política de Derechos Humanos, que sea la guía para la consecución de nuestro principal objetivo:

“Promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.”

Los derechos humanos son derechos y libertades inherentes a todos los seres humanos que garantizan que puedan vivir con dignidad, justicia, paz y libertad en cualquier país del mundo. Son derechos universales ya que se aplican a todas las personas independientemente de su raza, sexo, religión, nacionalidad, cultura o cualquier otra condición. Además, estos derechos están interconectados y son interdependientes.

Fama Fabré SAU, respeta los derechos establecidos en:

- La Carta Internacional de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que incluye la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

https://www.ohchr.org/en/human-rights/universal-declaration/translations/spanish
https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/instruments/international-covenant-economic-social-and-cultural-rights
https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/instruments/international-covenant-civil-and-political-rights

- La Declaración de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y sus normas fundamentales

https://www.ilo.org/declaration/lang--es/index.htm

- Los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos.

https://www.pactomundial.org/noticia/los-principios-rectores-ya-tienen-una-hoja-de-ruta-para-la-proxima-decada/#:~:text=Los%20Principios%20Rectores%20como%20br%C3%BAjula,participaci%C3%B3n%20de%20las%20partes%20interesadas

- Pacto Mundial de las Naciones Unidas

https://www.pactomundial.org/que-puedes-hacer-tu/

- Legislación nacional: en caso de que las regulaciones nacionales entren en conflicto con un marco internacional, se debe seguir la más estricta.


Fama Fabré SAU, establece los siguientes principios mínimos de derechos humanos como directrices de la compañía en sus relaciones con los empleados, proveedores, subcontratistas, socios, clientes y las comunidades con las que interactúa:

Prohibición del trabajo infantil. Debe evitarse estrictamente el empleo de cualquier persona menor de edad en la que cesa la obligación de asistir a la escuela o, en todo caso, de cualquier persona que tenga al menos 15 años para trabajos livianos y 18 años para trabajos peligrosos o nocivos para la salud. Como regla general, se debe asegurar el cumplimiento de la normativa nacional aplicable en esta materia o, si ésta es menos estricta, de los convenios de la OIT sobre edad mínima para trabajar.
Erradicación del trabajo forzoso, la trata de personas y la esclavitud moderna. Debe evitarse siempre la contratación de empleados contra su voluntad o bajo amenazas, en particular el uso de violencia o intimidación, el endeudamiento forzoso, la limitación de la libertad de circulación, la retención de salarios, la retención de documentos de identidad o las amenazas de denuncia ante las autoridades migratorias. Los empleados serán libres de rescindir su relación laboral en cualquier momento de conformidad con el plazo de preaviso estipulado, sin incurrir en sanciones ni descuentos en el salario.
No discriminación. Contribuir a la erradicación de todas las formas de discriminación y acoso por motivos de raza, etnia o casta, religión, ideología, edad, nacionalidad, orientación sexual, género, estado civil o familiar, origen social, discapacidad u opinión. Defender una cultura de respeto que promueva la diversidad, la igualdad de oportunidades y la inclusión, así como un entorno laboral libre de acoso, abuso, intimidación o violencia.
Asimismo, se garantiza la libertad de expresión y el derecho a la intimidad.
Salarios y beneficios justos. Proporcionar a los empleados un salario igual o superior al salario mínimo legal, sin discriminación, asegurando que cubra sus necesidades y las de sus familias. En todo caso, los empleados no deben estar sujetos a retenciones o reducciones de salario por motivos disciplinarios.
Respeto al horario de trabajo. Respetar lo dispuesto en la legislación y normativa sectorial aplicable o los convenios de la OIT pertinentes, si son más estrictos, evitar más de 48 horas de trabajo a la semana y asegurar un día de descanso a la semana.
Garantía de seguridad y salud. Implantar políticas de seguridad y salud eficaces, adaptadas al puesto de trabajo y basadas en la prevención, mediante planes de acción específicos, medidas de protección, formación y compromisos aplicables a todos los empleados, independientemente de su función dentro de la empresa.
Asociación sindical y negociación colectiva. Respetar el derecho de los empleados a afiliarse o formar sindicatos libremente y buscar representación en el lugar de trabajo sin ningún tipo de discriminación como represalia.
Derechos de los trabajadores migrantes. Abogar por garantizar condiciones de trabajo decentes para los trabajadores migrantes debido a su vulnerabilidad.
Conservación del medio ambiente. Proteger y respetar el medio ambiente para que las personas puedan disfrutar de aire y agua limpios, un clima estable y una biodiversidad y ecosistemas saludables.
Seguridad de sus productos y servicios. Cumplir con los más altos estándares de salud y seguridad para que los productos fabricados o los servicios prestados no supongan un riesgo para el medio ambiente, sus usuarios finales, sus grupos de interés y la sociedad en general.
Evite la compra de minerales conflictivos. Evite activamente la compra, posesión y uso de minerales conflictivos o 3TG (estaño, tungsteno, tantalio y oro y derivados de la República Democrática del Congo y áreas circundantes) y otros minerales de fuentes similares.
- Asimismo, Fama Fabré SAU solicitará a sus proveedores colaboración e información sobre estos materiales con el objetivo de ayudar a sus clientes a cumplir con sus obligaciones legales.

Aprobado por DG de Fama Fabré SAU:
Revisión: 27/01/23
La Dirección de Fama Fabré SAU firma la presente política y asume el compromiso de mantener y hacer extensivo al público en general el contenido de la presente política. Adoptando una posición férrea para alcanzar los objetivos presentados de una manera viable y efectiva

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